jueves, 14 de abril de 2011

Senador Estigarribia presentó proyectos de ley sobre desbloqueo y control del financiamiento político

El Senador Hugo Estigarribia presentó esta mañana dos proyectos de ley de su autoría. El primero, constituye una nueva versión para el desbloqueo de las listas sábanas, mientras que el segundo se relaciona con la transparencia, límite y control del financiamiento político.

Mediante una conferencia de prensa ofrecida en la sala de prensa del Senado, el senador Hugo Estigarribia presentó oficialmente el Proyecto de Ley "Que modifica l os artículos 247 y 258 de la Ley 834/96 "Código Electoral Paraguayo", a su vez modificado por Ley Nº 3166/07 Que modifica los artículos 106, 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley Nº 834/96 Que establece el Código Electoral Paraguayo".

Según refirió, el documento incluye detalles del proyecto fusionado, que fuera rechazado la semana antepasada por el pleno del Senado, e incorpora además las inquietudes expresadas en audiencias públicas, de sectores políticos y algunas objeciones de parlamentarios, además de incorporar el desbloqueo obligatorio en las internas de los partidos, así como en las elecciones generales.

"Creemos que el desbloqueo debe funcionar primero en las internas, para darle ya la opción al elector. Y presuponemos que aquellos que no quieren el desbloqueo en las internas es porque otra vez quieren que los liderazgos partidarios digiten las listas", sostuvo.

Enfatizó que la obligatoriedad de incluir el sistema en los comicios internos y en las nacionales constituye una diferencia con respecto al proyecto similar presentado la semana pasad por la bancada de Patria Querida.

Por otra parte, Estigarribia también indicó que el proyecto incorpora un sistema de voto por urna electrónica pero mixto, es decir, que luego del voto la urna electrónica deberá emitir un ticket que a su vez deberá ser depositado en una urna convencional.

De esta manera, dijo, se disipa cualquier tipo de críticas o dudas, tal como ocurrió con el sistema de urnas electrónicas en la Argentina o en Europa.

"También se establece claramente que cuando se vota por el partido, sin poner orden de preferencia, se vota por la lista que presenta el partido o movimiento. Y cuando se hace uso de la preferencia, efectivamente el orden se determina por aquello que optó el elector", apuntó.

Según Estigarribia, los cambios introducidos en su actual propuesta harán que el escrutinio de los comicios resulte más rápido y fiable.

Control del financiamiento político

Seguidamente, el senador Hugo Estigarribia dio a conocer el Proyecto de Ley "Sobre transparencia, límite y control del financiamiento político", que tiene como objeto "regular la transparencia, los límites y el control de las recaudaciones y gastos que realicen los partidos, movimientos políticos y alianzas, así como los candidatos a cargos electivos, durante el periodo de campañas electorales y durante las actividades políticas permanentes".

Estigarribia acotó que el documento, que consta de 69 artículos, refleja los principios impulsados en nuestro país por el Grupo Impulsor para la Regulación del Financiamiento Político, organización civil que busca transparentar los fondos utilizados en las actividades políticas.

"El proyecto define el financiamiento político, determina controles en las campañas electorales internas; es un proyecto bastante técnico que busca evitar el ingreso del dinero sucio a las campañas electorales y el sometimiento de la dirigencia política a fuentes de financiamiento oscuras", aseguró.

Añadió que los candidatos a cargos públicos deberán contar con un registro contable e informar a los organismos de control, Tribunal Superior de Justicia Electoral, Fiscalía Electoral, Contraloría General de la República, de todos los movimientos de fondos.

"Se podrá saber de dónde viene el dinero para las campañas y adónde va. Pretendemos establecer reglas de juego para que la democracia funcione a favor del ciudadano y del país, y no de determinados grupos" aseveró el parlamentario.

Además de establecer sanciones a los infractores, el proyecto señala que los partidos políticos deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones de la ley, en el plazo de 90 días a partir de su entrada en vigencia.

DGC/Ca

http://www.senado.gov.py/?pagina=noticia&id=4830

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