viernes, 7 de mayo de 2010

Ley antiterrorista se aprobó en el Senado

Tal como se preveía, la Cámara de Senadores aprobó ayer la ley que tipifica y castiga los delitos de terrorismo, asociación terrorista y financiamiento del terrorismo que establece penas de hasta 30 años de cárcel. Solamente dos senadores oficialistas, Carlos Filizzola (PPS) y Sixto Pereira (Tekojoja) se opusieron, argumentando que existía el riesgo de que se criminalicen las luchas sociales.

El texto aprobado por amplia mayoría define los actos terroristas como aquellos que se hacen con el fin de infundir o causar terror, obligar o coaccionar para realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Dichos actos pueden ser contra la población paraguaya, la de un país extranjero, contra los órganos constitucionales o sus miembros en el ejercicio de sus funciones o contra una organización internacional.

En cuanto a cuáles son los delitos que se cometen para infundir terror o coaccionar, el texto de la ley se remite a varios artículos del Código Penal, que tipifican, entre otros, el genocidio, homicidio, lesiones graves, hechos punibles contra la seguridad de las personas en el tránsito, contra el funcionamiento de instalaciones imprescindibles, sabotajes, etc. El artículo establece como castigo pena privativa de libertad de 10 a 30 años.

En cuanto a la “asociación terrorista”, es definida como la creación de una asociación organizada de algún modo dirigida a la realización de hechos punibles de terrorismo previstos en el artículo 1. Para quienes fueran miembros de dicha organización, la sostuvieran o la proveyeran de apoyo logístico o la promovieran, se establecen penas de cárcel de 5 a 15 años.

Finalmente, el financiamiento del terrorismo se define como lo que hacen quienes provean, solventen o recolecten objetos, fondos u otros bienes con la finalidad de que sean usados o a sabiendas que serán utilizados para la realización de actos de terrorismo.

El cuestionamiento que realizó el senador Carlos Filizzola (PPS) fue que el texto es demasiado general y deja al arbitrio de un juez interpretar que un acto es terrorista. Advirtió que esto puede ocasionar que una protesta social o el cierre de una calle sea calificado de acto terrorista.
Para su aprobación incidió la presión que ejercieron días pasados directivos del Grupo de Acción Financiera (Gafisud) y la Seprelad. El proyecto, aprobado como una ley especial y no como parte del Código Penal, pasa ahora a Diputados para su consideración.

Amenaza de sanción

La amenaza de que podía haber supuestamente sanciones a nuestro país a nivel internacional, con el peligro de que se recorte la posibilidad de acceder a créditos y operaciones de exportación e importación, fue lo que forzó a la mayoría de los senadores.Marcelo Duarte (PQ) argumentó que esta ley se encuentra vigente en unos 180 países de todo el mundo y Paraguay es uno de los pocos exceptuados.


Fuente: ABC Color

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