http://www.facebook.com/home.php?#!/notes/justicia-joven/legisladores-se-acercan-a-la-juventud/130479263645737
Fuente: JUSTICIA JOVEN EN FB
El senador Hugo Estigarribia, en ocasión a la celebración del primer año de Justicia Joven, había manifestado que intenta mantenerse cercano a la gente joven a través de las redes sociales. Por ello nos adentramos a algunos de los sitios juveniles más visitados y encontramos que esta necesidad la comparten también parlamentarios representativos del sector joven como lo son los diputados Oscar Tuma, Sebastián Acha y Salyn Buzarquis.
martes, 8 de junio de 2010
Reforma electoral y hartazgo popular
Fuente: Diario La Nación
Enrique Vargas Peña
Tuvimos, el viernes, una buena discusión de amigos con Mina Feliciángeli, ella desde Radio 1000 y yo desde la 9.70AM, sobre el sistema electoral y el desbloqueo o no de las listas; ella a favor de mantenerlas bloqueadas y yo a favor de desbloquearlas.
Creo que es necesario recordar que nuestro sistema electoral no permite eliminar las listas sábana, pues ellas tienen rango constitucional: el Artículo 118 de la Carta Magna impone la representación proporcional y las listas sábana son parte intrínseca y constituyente de la representación proporcional. No puede haber representación proporcional sin listas.
Nuestras listas, por disposición del Código Electoral, son completas, cerradas y bloqueadas. Esto significa que las listas de candidatos al Senado, por ejemplo, deben tener cuarenta y cinco titulares (completa), cuyo lugar en la lista no se puede cambiar (bloqueada) y que no admiten la incorporación de otra gente distinta a la que está (cerrada).
Modificando la ley, podría ser de listas incompletas, abiertas y desbloqueadas. Pero las dificultades implícitas en un escrutinio eficazmente fiscalizado de un sistema con listas incompletas, abiertas y desbloqueadas son enormes.
Como el valor supremo en una democracia es la registrar la verdadera voluntad popular mediante la fiscalización eficaz de las elecciones, el costo de establecer un sistema de listas abiertas, incompletas y desbloqueadas no justifica, a mi modo de ver, el riesgo de sacrificar la transparencia del escrutinio.
Consecuentemente, la mejor opción práctica viable para mejorar el sistema es el desbloqueo de las listas, es decir dar a los electores la posibilidad de modificar los lugares de los integrantes de las listas.
Creo necesario aclarar que, a mi modo de ver, el sistema de representación proporcional es malo, en cualquiera de sus variables, porque en todas ellas los caciques políticos controlan la integración de las listas.
Las listas de candidatos, aún para las internas de los partidos, las determinan los caciques a puro dedo y de esa capacidad deriva el injusto poder que tienen en nuestro sistema, poder que, vale recordarlo, les permite reducir la calidad de la representación mediante la venta de bancas.
Esto nos lleva al otro problema central de nuestro sistema electoral, el de la financiación política, pero ese asunto no está todavía en revisión y es distinto a este de las listas y por tanto no lo voy a abordar aquí aún.
La representación política del pueblo paraguayo, en el Congreso, en las Juntas departamentales y en las Juntas municipales, es pésima porque los caciques pueden vender las bancas por dinero y tanto el que compra la banca como el que la vende tienen como principal mandante real al que financia la operación y no al pueblo.
Los millonarios que lo son porque roban, o porque evaden, o porque están recaudando en la ilegalidad, podrán seguir, con cualquier cambio que se haga, siendo elegidos -eso es cierto-, pero la diferencia estará en que se verán obligados a gastar su plata malhabida no en alquilar a un cacique, sino en convencer directamente al pueblo.
Como es obvio por sí mismo, ese solo hecho es una mejora sustantiva, pues, en efecto, en las democracias es el pueblo el que debe tener el control.
Permítanme ser grosero: Con los cambios que se proponen no desaparecerá el mafioso, pero el mafioso deberá pagar al pueblo para ser elegido y al pueblo deberá rendir cuentas. Ahora, con el actual sistema el pueblo está ausente y solamente los caciques controlan, en la oscuridad, estas operaciones. Si el pueblo recupera el control, es ya un enorme paso adelante, porque a fin de cuentas, la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo y no el gobierno de los caciques partidarios.
Con los cambios propuestos tampoco desaparecerán, lastimosamente, los caciques, pero su poder de distorsión quedará disminuido.
Hay tres opciones para el cambio, la de Patria Querida, la de Silvio Ovelar y la de Hugo Estigarribia. Creo que es necesario un esfuerzo de los senadores reformistas para unificar sus proyectos en uno solo con los siguientes criterios.
El primero y principal, es que la reforma debe tener imperio ya para las elecciones municipales, aunque es evidente que por una cuestión de cronograma electoral creo que ya no podrá aplicarse a las internas de los partidos –una disposición transitoria podría obligar a los partidos a incorporar la reforma a partir de sus siguientes internas-.
Segundo, es que la reforma debe, en efecto, abarcar las elecciones nacionales (generales y municipales) y las internas de los partidos. Es en las internas donde empieza la cocinada y ahí hay que abortarla.
Tercero, es que la reforma no debe poner en peligro la eficacia de la fiscalización del escrutinio, por lo que el desbloqueo debería ser limitado a unos pocos de los primeros lugares y no a toda la lista, lo cual es suficiente porque, como me hizo notar Mina, ese desbloqueo parcial ya tiene el efecto de mover a la lista entera.
No sé si los caciques partidarios se están dando cuenta de lo cansada que está la gente de sus abusos; tengo la impresión de que no se están dando cuenta.Les quiero contar que la gente está muy cansada, harta, de sus abusos y que está en manos de los caciques decidir: O se aferran a sus injustos privilegios o, tarde o temprano correrán la suerte de los partidos colombianos, venezolanos, bolivianos o ecuatorianos y serán barridos.
Enrique Vargas Peña
Tuvimos, el viernes, una buena discusión de amigos con Mina Feliciángeli, ella desde Radio 1000 y yo desde la 9.70AM, sobre el sistema electoral y el desbloqueo o no de las listas; ella a favor de mantenerlas bloqueadas y yo a favor de desbloquearlas.
Creo que es necesario recordar que nuestro sistema electoral no permite eliminar las listas sábana, pues ellas tienen rango constitucional: el Artículo 118 de la Carta Magna impone la representación proporcional y las listas sábana son parte intrínseca y constituyente de la representación proporcional. No puede haber representación proporcional sin listas.
Nuestras listas, por disposición del Código Electoral, son completas, cerradas y bloqueadas. Esto significa que las listas de candidatos al Senado, por ejemplo, deben tener cuarenta y cinco titulares (completa), cuyo lugar en la lista no se puede cambiar (bloqueada) y que no admiten la incorporación de otra gente distinta a la que está (cerrada).
Modificando la ley, podría ser de listas incompletas, abiertas y desbloqueadas. Pero las dificultades implícitas en un escrutinio eficazmente fiscalizado de un sistema con listas incompletas, abiertas y desbloqueadas son enormes.
Como el valor supremo en una democracia es la registrar la verdadera voluntad popular mediante la fiscalización eficaz de las elecciones, el costo de establecer un sistema de listas abiertas, incompletas y desbloqueadas no justifica, a mi modo de ver, el riesgo de sacrificar la transparencia del escrutinio.
Consecuentemente, la mejor opción práctica viable para mejorar el sistema es el desbloqueo de las listas, es decir dar a los electores la posibilidad de modificar los lugares de los integrantes de las listas.
Creo necesario aclarar que, a mi modo de ver, el sistema de representación proporcional es malo, en cualquiera de sus variables, porque en todas ellas los caciques políticos controlan la integración de las listas.
Las listas de candidatos, aún para las internas de los partidos, las determinan los caciques a puro dedo y de esa capacidad deriva el injusto poder que tienen en nuestro sistema, poder que, vale recordarlo, les permite reducir la calidad de la representación mediante la venta de bancas.
Esto nos lleva al otro problema central de nuestro sistema electoral, el de la financiación política, pero ese asunto no está todavía en revisión y es distinto a este de las listas y por tanto no lo voy a abordar aquí aún.
La representación política del pueblo paraguayo, en el Congreso, en las Juntas departamentales y en las Juntas municipales, es pésima porque los caciques pueden vender las bancas por dinero y tanto el que compra la banca como el que la vende tienen como principal mandante real al que financia la operación y no al pueblo.
Los millonarios que lo son porque roban, o porque evaden, o porque están recaudando en la ilegalidad, podrán seguir, con cualquier cambio que se haga, siendo elegidos -eso es cierto-, pero la diferencia estará en que se verán obligados a gastar su plata malhabida no en alquilar a un cacique, sino en convencer directamente al pueblo.
Como es obvio por sí mismo, ese solo hecho es una mejora sustantiva, pues, en efecto, en las democracias es el pueblo el que debe tener el control.
Permítanme ser grosero: Con los cambios que se proponen no desaparecerá el mafioso, pero el mafioso deberá pagar al pueblo para ser elegido y al pueblo deberá rendir cuentas. Ahora, con el actual sistema el pueblo está ausente y solamente los caciques controlan, en la oscuridad, estas operaciones. Si el pueblo recupera el control, es ya un enorme paso adelante, porque a fin de cuentas, la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo y no el gobierno de los caciques partidarios.
Con los cambios propuestos tampoco desaparecerán, lastimosamente, los caciques, pero su poder de distorsión quedará disminuido.
Hay tres opciones para el cambio, la de Patria Querida, la de Silvio Ovelar y la de Hugo Estigarribia. Creo que es necesario un esfuerzo de los senadores reformistas para unificar sus proyectos en uno solo con los siguientes criterios.
El primero y principal, es que la reforma debe tener imperio ya para las elecciones municipales, aunque es evidente que por una cuestión de cronograma electoral creo que ya no podrá aplicarse a las internas de los partidos –una disposición transitoria podría obligar a los partidos a incorporar la reforma a partir de sus siguientes internas-.
Segundo, es que la reforma debe, en efecto, abarcar las elecciones nacionales (generales y municipales) y las internas de los partidos. Es en las internas donde empieza la cocinada y ahí hay que abortarla.
Tercero, es que la reforma no debe poner en peligro la eficacia de la fiscalización del escrutinio, por lo que el desbloqueo debería ser limitado a unos pocos de los primeros lugares y no a toda la lista, lo cual es suficiente porque, como me hizo notar Mina, ese desbloqueo parcial ya tiene el efecto de mover a la lista entera.
No sé si los caciques partidarios se están dando cuenta de lo cansada que está la gente de sus abusos; tengo la impresión de que no se están dando cuenta.Les quiero contar que la gente está muy cansada, harta, de sus abusos y que está en manos de los caciques decidir: O se aferran a sus injustos privilegios o, tarde o temprano correrán la suerte de los partidos colombianos, venezolanos, bolivianos o ecuatorianos y serán barridos.
lunes, 7 de junio de 2010
AUDIENCIA PÚBLICA ESTE JUEVES SOBRE DESBLOQUEO DE LISTAS "SÁBANAS"
Este jueves, a las 16:30, tendrá lugar una audiencia pública sobre desbloqueo de listas "sábanas", en la sala bicameral del Congreso Nacional, a iniciativa de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, presidida por el senador Hugo Estigarribia. En la ocasión se pondrá a consideración de los presentes, los tres proyectos en estudio en estos momentos en la Cámara de Senadores.
Estas propuestas son: el Proyecto de Ley "Que modifica los artículos 40, 41, 43, 44, 45, 47, 258 Y 266, inciso C de la Ley Nº 834/96, Código Electoral Paraguayo", presentado por los senadores Marcelo Duarte, Miguel Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha; el Proyecto de Ley "Que establece modalidades y disposiciones para cargos pluripersonales nacionales en elecciones partidarias", autoría de los senadores Julio César Velázquez y Silvio Ovelar; así como el Proyecto de Ley "Que modifica los artículos 247 y 258 de la Ley Nº 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo", modificado por la Ley Nº 3166/07, "Que modifica los artículos 106, 170, 246, 247, 248 Y 258 de la Ley Nº 834/96 Que establece el Código Electoral Paraguayo", impulsado por el senador Hugo Estigarribia.
La intención general de los tres proyectos es permitir a los electores definir -mediante su voto- el orden que ocuparán los candidatos propuestos, sea en las listas para cargos partidarios como en las listas electivas para cargos nacionales y pluripersonales (Senadores, Diputados, Gobernadores, Parlamentarios del Mercosur, etc.).
Estas propuestas son: el Proyecto de Ley "Que modifica los artículos 40, 41, 43, 44, 45, 47, 258 Y 266, inciso C de la Ley Nº 834/96, Código Electoral Paraguayo", presentado por los senadores Marcelo Duarte, Miguel Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha; el Proyecto de Ley "Que establece modalidades y disposiciones para cargos pluripersonales nacionales en elecciones partidarias", autoría de los senadores Julio César Velázquez y Silvio Ovelar; así como el Proyecto de Ley "Que modifica los artículos 247 y 258 de la Ley Nº 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo", modificado por la Ley Nº 3166/07, "Que modifica los artículos 106, 170, 246, 247, 248 Y 258 de la Ley Nº 834/96 Que establece el Código Electoral Paraguayo", impulsado por el senador Hugo Estigarribia.
La intención general de los tres proyectos es permitir a los electores definir -mediante su voto- el orden que ocuparán los candidatos propuestos, sea en las listas para cargos partidarios como en las listas electivas para cargos nacionales y pluripersonales (Senadores, Diputados, Gobernadores, Parlamentarios del Mercosur, etc.).
SESION ORDINARIA
COMISIÓN DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES, DEFENSA NACIONAL Y FUERZA PÚBLICA
FECHA: LUNES, 7 DE JUNIO DE 2010
ASUNTOS ENTRADOS
Expediente Nº 815
1. Mensaje Nº 369 de fecha 28 de mayo de 2010, por el cual remite el informe de lo actuado durante la vigencia del Estado de Excepción en los Departamentos de Concepción, San Pedro, Amambay, Alto Paraguay y Presidente Hayes, de conformidad a lo establecido en el artículo 288, último párrafo, de la Constitución Nacional.
Entrada en Plenaria: 1 de junio de 2010.
Expediente Nº 816
1. Respuesta del pedido de informe, solicitado al “AL PODER EJECUTIVO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FERNANDO LUGO MÉNDEZ, SOBRE LOS RESULTADOS DE LA CUMBRE DE PRESIDENTES DEL PARAGUAY Y BRASIL, REALIZADA RECIENTEMENTE EN LA CIUDAD DE PONTA PORA- BRASIL”, presentado por el senador Rogelio Benítez; y, remitido por el Poder Ejecutivo según Nota Nº 150 de fecha 31 de mayo de 2010.
Entrada en Plenaria: 1 de junio de 2010.
Senador Hugo Estigarribia Gutiérrez
Presidente
SESION ORDINARIA
FECHA: LUNES, 7 DE JUNIO DE 2010
HORA: 10:30 Hs. (Con 20 minutos de tolerancia, Art. 34 R.I.)
ORDEN DEL DÍA
1.- INFORME Y PROPUESTA DEL PRESIDENTE DE COMISIÓN PARA LOS SIGUIENTES PROYECTOS:
Expediente Nº 0737
1.a. Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 40, 41, 43, 44, 45, 47, 258 Y 266, INCISO C DE LA LEY N°834/96, CODIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, presentado por los Senadores Marcelo Duarte, Miguel Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha.
Entrada en Plenaria: el 8 de Octubre de 2009
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia, Blás Llano y Miguel Abdón Saguier.
Miembro sustituto el senador Marcial González Safstrand.
Expediente Nº 0781
1.b. Proyecto de Ley: “QUE ESTABLECE MODALIDADES Y DISPOSICIONES PARA CARGOS PLURIPERSONALES NACIONALES EN ELECCIONES PARTIDARIAS”, presentada por los Senadores Julio César Velázquez y Silvio Ovelar.
Entrada en Plenaria: el 4 de Marzo de 2010
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia y Miguel Abdón Saguier. Miembro sustituto el senador Jorge Céspedes.
Expediente Nº 0808
1.c.- Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 247 Y 258 DE LA LEY Nº 854/96, QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO, MODIFICADO POR LA LEY Nº 3.166/07, QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 106, 170, 246, 247, 248 Y 258 DE LA LEY Nº 834/96, QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, presentado por el senador Hugo Estigarribia Gutiérrez.
*Obs. Se refiere al Sistema de lista cerrada desbloqueada, a ser utilizadas tanto para las Internas Partidarias como para las Elecciones Generales, donde el elector tiene la posibilidad de votar por un partido, movimiento o alianza y por su candidato preferido dentro de su lista, aunque puede no pronunciarse acerca del candidato y dejar esa elección al partido. De esta forma, cada candidato podrá acceder a una banca o a un cargo pluripersonal en un órgano partidario o nacional colegiado, dependiendo exclusivamente de la voluntad de los electores.
Entrada en Plenaria: el 13 de Mayo de 2010.
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Miguel Abdón Saguier, Fernando Silva Facetti, Orlando Fiorotto y José Manuel Bóbeda. Miembro sustituto el senador Alfredo Stroessner.
Expediente Nº 0621
2.- Mensaje Nº 17 del Poder Ejecutivo vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 2 de octubre de 2008, por el cual remite el “Acuerdo por Notas Reversales por el cual se Enmienda el Protocolo del Acuerdo entre la República del Paraguay y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la Aplicación de Salvaguardias en relación con el Tratado para la Proscripción de la Armas Nucleares en la América Latina y el Tratado sobre la no Proliferación de las Armas Nucleares”, firmado en la ciudad de Viena, Austria, el 1 de setiembre de 2006 y el 19 de junio de 2007. (10/10)
Entrada en Plenaria: el 16 de Octubre de 2008
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador José Manuel Bóbeda
Expediente Nº 0799
3.- Mensaje Nº 360 del Poder Ejecutivo vía Ministerio de Hacienda, de fecha 30 de abril de 2010, por el cual devuelve el Proyecto de Ley 3991/2010: “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2º DE LA LEY Nº 2645/05, QUE AUTORIZA AL BANCO NACIONAL DE FOMENTO (BNF) A TRANSFERIR INMUEBLES DE SU PROPIEDAD AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), Y COMPENSAR OBLIGACIONES CON EL BANCO NACIONAL DE FOMENTO (BNF)”, que fuera Objetado Totalmente según Decreto del Poder Ejecutivo Nº 4.288 del 30 de abril de 2010.
SANCIÓN AUTOMÁTICA : MARTES 29 DE JUNIO DE 2010
Entrada en Plenaria: el 6 de Mayo de 2010.
Girado a la comisión de:
Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador Hugo Estigarribia.
Expediente Nº 0785
4.- Mensaje Nº 707 de la Honorable Cámara de Diputados de fecha 26 de marzo de 2010, por el cual remite la Resolución Nº 618: “QUE RATIFICA LA SANCION INICIAL ACORDADA AL PROYECTO DE LEY, DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, ACCESORIOS Y AFINES”. (Origen: presentado por los Diputados Nacionales Mario Morel Pintos y Pedro González Ramírez, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 23 de junio de 2009, rechazado por la Cámara de Senadores en sesión de fecha 8 de octubre de 2009)
SANCIÓN AUTOMÁTICA JUEVES 24 DE JUNIO DE 2010.
Entrada en Plenaria: el 26 de Marzo de 2010
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia y Fernando Silva Facetti
Expediente Nº 0642
5.- Proyecto de Ley “QUE COORDINA LAS RELACIONES ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL LEGISLATIVO”, presentado por los Senadores Miguel A. Saguier y Alfredo Stroessner. (10/12)
Entrada en Plenaria: el 12 de Diciembre de 2008
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador Fernando Silva Facetti
Expediente Nº 0736
6.-. Proyecto de Ley: “QUE DISPONE EL REGIMEN DE PARTICIPACION DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN LAS ELECCIONES INTERNAS PARTIDARIAS”, presentado por el Senador Alfredo Luis Jaeggli.
Entrada en Plenaria: el 8 de Octubre de 2009
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Dictamen preliminar encargada a la asesora Liza Ibañez
Expediente Nº 0764 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
7.- Oficio Nº 153 del Poder Judicial - Juzgado Penal de Sentencia Nº 34, de fecha 25 de noviembre de 2009, EN LA CAUSA Nº 1-1-3-1- 2.009-749 “MARCIAL GONZÁLEZ SAFSTRAND S/ LESIÓN Y AMENAZA”, a fin de comunicar que ha dictado el A.I. Nº 579 de fecha 19 de noviembre de 2009, que en su parte resolutiva dice: 1) DETERMINAR la existencia de merito suficiente para la formación de una causa penal autónoma a MARCIAL GONZALEZ SAFSTRAND por la supuesta comisión de los hechos punibles de LESIÓN Y AMENAZA, conforme la querella autónoma promovida por el Señor GUSTAVO ADOLFO MARTÍNEZ VALDEZ bajo patrocinio de los Abogados DR. JOSÉ MANUEL ROJAS, JESUS JOSE MORINIGO, LAURA BEATRIZ MARTINEZ VALDEZ Y LETICIA RAMOS CACERES, respectivamente. 2) LIBRAR el correspondiente oficio a la Cámara de Senadores de conformidad al exordio de la presente resolución.
Entrada en Plenaria: el 3 de Diciembre de 2009
Expediente Nº 476 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
8.- Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LA LEY N° 276/94, ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”, presentado por los Senadores Armando Vicente Espínola, Ronaldo Eno Dietze y José Nicolás Morínigo, en virtud al artículo 105 del Reglamento Interno.
Entrada en Plenaria: el 5 de noviembre de 2006
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Expediente Nº 0665 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
9.- Proyecto de Ley “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 89 DE LA LEY Nº 879/81, CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL”, presentado por la Corte Suprema de Justicia, según Nota Nº 184 de fecha 22 de noviembre de 2005. (El proyecto se refiere a los requisitos para el otorgamiento de la matrícula de abogado).
Entrada en Plenaria: el 24 de Noviembre de 2005
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
10.- Asuntos Varios.
Senador Hugo Estigarribia Gutiérrez
Presidente
FECHA: LUNES, 7 DE JUNIO DE 2010
ASUNTOS ENTRADOS
Expediente Nº 815
1. Mensaje Nº 369 de fecha 28 de mayo de 2010, por el cual remite el informe de lo actuado durante la vigencia del Estado de Excepción en los Departamentos de Concepción, San Pedro, Amambay, Alto Paraguay y Presidente Hayes, de conformidad a lo establecido en el artículo 288, último párrafo, de la Constitución Nacional.
Entrada en Plenaria: 1 de junio de 2010.
Expediente Nº 816
1. Respuesta del pedido de informe, solicitado al “AL PODER EJECUTIVO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FERNANDO LUGO MÉNDEZ, SOBRE LOS RESULTADOS DE LA CUMBRE DE PRESIDENTES DEL PARAGUAY Y BRASIL, REALIZADA RECIENTEMENTE EN LA CIUDAD DE PONTA PORA- BRASIL”, presentado por el senador Rogelio Benítez; y, remitido por el Poder Ejecutivo según Nota Nº 150 de fecha 31 de mayo de 2010.
Entrada en Plenaria: 1 de junio de 2010.
Senador Hugo Estigarribia Gutiérrez
Presidente
SESION ORDINARIA
FECHA: LUNES, 7 DE JUNIO DE 2010
HORA: 10:30 Hs. (Con 20 minutos de tolerancia, Art. 34 R.I.)
ORDEN DEL DÍA
1.- INFORME Y PROPUESTA DEL PRESIDENTE DE COMISIÓN PARA LOS SIGUIENTES PROYECTOS:
Expediente Nº 0737
1.a. Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 40, 41, 43, 44, 45, 47, 258 Y 266, INCISO C DE LA LEY N°834/96, CODIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, presentado por los Senadores Marcelo Duarte, Miguel Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha.
Entrada en Plenaria: el 8 de Octubre de 2009
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia, Blás Llano y Miguel Abdón Saguier.
Miembro sustituto el senador Marcial González Safstrand.
Expediente Nº 0781
1.b. Proyecto de Ley: “QUE ESTABLECE MODALIDADES Y DISPOSICIONES PARA CARGOS PLURIPERSONALES NACIONALES EN ELECCIONES PARTIDARIAS”, presentada por los Senadores Julio César Velázquez y Silvio Ovelar.
Entrada en Plenaria: el 4 de Marzo de 2010
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia y Miguel Abdón Saguier. Miembro sustituto el senador Jorge Céspedes.
Expediente Nº 0808
1.c.- Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 247 Y 258 DE LA LEY Nº 854/96, QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO, MODIFICADO POR LA LEY Nº 3.166/07, QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 106, 170, 246, 247, 248 Y 258 DE LA LEY Nº 834/96, QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, presentado por el senador Hugo Estigarribia Gutiérrez.
*Obs. Se refiere al Sistema de lista cerrada desbloqueada, a ser utilizadas tanto para las Internas Partidarias como para las Elecciones Generales, donde el elector tiene la posibilidad de votar por un partido, movimiento o alianza y por su candidato preferido dentro de su lista, aunque puede no pronunciarse acerca del candidato y dejar esa elección al partido. De esta forma, cada candidato podrá acceder a una banca o a un cargo pluripersonal en un órgano partidario o nacional colegiado, dependiendo exclusivamente de la voluntad de los electores.
Entrada en Plenaria: el 13 de Mayo de 2010.
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Miguel Abdón Saguier, Fernando Silva Facetti, Orlando Fiorotto y José Manuel Bóbeda. Miembro sustituto el senador Alfredo Stroessner.
Expediente Nº 0621
2.- Mensaje Nº 17 del Poder Ejecutivo vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 2 de octubre de 2008, por el cual remite el “Acuerdo por Notas Reversales por el cual se Enmienda el Protocolo del Acuerdo entre la República del Paraguay y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la Aplicación de Salvaguardias en relación con el Tratado para la Proscripción de la Armas Nucleares en la América Latina y el Tratado sobre la no Proliferación de las Armas Nucleares”, firmado en la ciudad de Viena, Austria, el 1 de setiembre de 2006 y el 19 de junio de 2007. (10/10)
Entrada en Plenaria: el 16 de Octubre de 2008
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador José Manuel Bóbeda
Expediente Nº 0799
3.- Mensaje Nº 360 del Poder Ejecutivo vía Ministerio de Hacienda, de fecha 30 de abril de 2010, por el cual devuelve el Proyecto de Ley 3991/2010: “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2º DE LA LEY Nº 2645/05, QUE AUTORIZA AL BANCO NACIONAL DE FOMENTO (BNF) A TRANSFERIR INMUEBLES DE SU PROPIEDAD AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), Y COMPENSAR OBLIGACIONES CON EL BANCO NACIONAL DE FOMENTO (BNF)”, que fuera Objetado Totalmente según Decreto del Poder Ejecutivo Nº 4.288 del 30 de abril de 2010.
SANCIÓN AUTOMÁTICA : MARTES 29 DE JUNIO DE 2010
Entrada en Plenaria: el 6 de Mayo de 2010.
Girado a la comisión de:
Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador Hugo Estigarribia.
Expediente Nº 0785
4.- Mensaje Nº 707 de la Honorable Cámara de Diputados de fecha 26 de marzo de 2010, por el cual remite la Resolución Nº 618: “QUE RATIFICA LA SANCION INICIAL ACORDADA AL PROYECTO DE LEY, DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, ACCESORIOS Y AFINES”. (Origen: presentado por los Diputados Nacionales Mario Morel Pintos y Pedro González Ramírez, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 23 de junio de 2009, rechazado por la Cámara de Senadores en sesión de fecha 8 de octubre de 2009)
SANCIÓN AUTOMÁTICA JUEVES 24 DE JUNIO DE 2010.
Entrada en Plenaria: el 26 de Marzo de 2010
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del proyecto estará a cargo de los Senadores Hugo Estigarribia y Fernando Silva Facetti
Expediente Nº 0642
5.- Proyecto de Ley “QUE COORDINA LAS RELACIONES ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL LEGISLATIVO”, presentado por los Senadores Miguel A. Saguier y Alfredo Stroessner. (10/12)
Entrada en Plenaria: el 12 de Diciembre de 2008
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Estudio preliminar del Proyecto presentará el Senador Fernando Silva Facetti
Expediente Nº 0736
6.-. Proyecto de Ley: “QUE DISPONE EL REGIMEN DE PARTICIPACION DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN LAS ELECCIONES INTERNAS PARTIDARIAS”, presentado por el Senador Alfredo Luis Jaeggli.
Entrada en Plenaria: el 8 de Octubre de 2009
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Dictamen preliminar encargada a la asesora Liza Ibañez
Expediente Nº 0764 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
7.- Oficio Nº 153 del Poder Judicial - Juzgado Penal de Sentencia Nº 34, de fecha 25 de noviembre de 2009, EN LA CAUSA Nº 1-1-3-1- 2.009-749 “MARCIAL GONZÁLEZ SAFSTRAND S/ LESIÓN Y AMENAZA”, a fin de comunicar que ha dictado el A.I. Nº 579 de fecha 19 de noviembre de 2009, que en su parte resolutiva dice: 1) DETERMINAR la existencia de merito suficiente para la formación de una causa penal autónoma a MARCIAL GONZALEZ SAFSTRAND por la supuesta comisión de los hechos punibles de LESIÓN Y AMENAZA, conforme la querella autónoma promovida por el Señor GUSTAVO ADOLFO MARTÍNEZ VALDEZ bajo patrocinio de los Abogados DR. JOSÉ MANUEL ROJAS, JESUS JOSE MORINIGO, LAURA BEATRIZ MARTINEZ VALDEZ Y LETICIA RAMOS CACERES, respectivamente. 2) LIBRAR el correspondiente oficio a la Cámara de Senadores de conformidad al exordio de la presente resolución.
Entrada en Plenaria: el 3 de Diciembre de 2009
Expediente Nº 476 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
8.- Proyecto de Ley: “QUE MODIFICA LA LEY N° 276/94, ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”, presentado por los Senadores Armando Vicente Espínola, Ronaldo Eno Dietze y José Nicolás Morínigo, en virtud al artículo 105 del Reglamento Interno.
Entrada en Plenaria: el 5 de noviembre de 2006
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Expediente Nº 0665 PARA ENCOMENDAR EL ESTUDIO
9.- Proyecto de Ley “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 89 DE LA LEY Nº 879/81, CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL”, presentado por la Corte Suprema de Justicia, según Nota Nº 184 de fecha 22 de noviembre de 2005. (El proyecto se refiere a los requisitos para el otorgamiento de la matrícula de abogado).
Entrada en Plenaria: el 24 de Noviembre de 2005
Girado a la comisión de:
Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
10.- Asuntos Varios.
Senador Hugo Estigarribia Gutiérrez
Presidente
Etiquetas:
Comisión de Asuntos Constitucionales
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